Cerrar Ventana
 

1743-10-26



Virrey Pedro Cebrián y Agustín, conde de Fuenclara



Buscar: | Glosario |

Don Pedro Cebrián y Agustín, conde de Fuen-Clara, grande de España de primera clase, caballero del insigne orden del toisón de oro, del real de San Genaro, comendador de las pueblas, en el de Alcántara, mayordomo mayor del serenísimo señor infante don Phelipe, señor de las varonías de Lucernic, Boquiñén, Maleján, Rivas, de la villa de Albesa, y Pardiña de Alcamin, virrey, gobernador, capitán general de esta Nueva España y presidente de la real audiencia de ella, etc.

Siguiéndose graves inconvenientes y perjuicios a la real hacienda, al público y a muchos particulares del uso que se ha introducido de rifarse privadamente prendas y preseas de valor en algunas casas de esta ciudad, en donde con este título y fin se congregan los interesados, atravesándose en este género de comercio una paliada usura, vendiendo en precio excesivo por más de su justo valor aquello que en venta lícita tiene conocidamente menor estimación; y estando prohibido por leyes estos perniciosos contratos, que por su naturaleza son usurarios o viciosos, atrayendo a ellos a los concurrentes por la codicia de las prendas que se rifan y el poco precio que cada uno pone, resultando demasiada utilidad  a los factores que excitan a estas simuladas ventas; por el presente prohibo toda suerte de rifas, bien sean de mucho o poco valor, privadas o secretas, y mando que con ningún motivo se ejecuten, aunque sea con el de remediar necesidad u otro más espacioso y caritativo, pena de que lo contrario haciendo, si fuere persona decente y de distinción, de destierro por tiempo de cuatro años a presidio ultramarino, y si fuere común y plebeya de doscientos azotes y el mismo tiempo de destierro de gastador, a ración y sin sueldo. Y para que venga a noticia de todos, mando se publique por bando en esta ciudad y se fije en parte pública, a fin que no se alegue ignorancia, por haber de ser las penas irremisibles. Dado en México a veinte y seis días del mes de octubre del año de mil setecientos cuarenta y tres.



AGN, bandos, vol. 3, exp. 38, fs. 287

AGN, indiferente virreinal, caja 2547, exp. 35, fs. 1

AGN, indiferente virreinal, caja 3724, exp. 25, fs. 1

| Siglas |